Brexit en 2021: ¿podré vivir en España?

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Surgen muchas dudas en torno a la salida del Reino Unido de la Unión Europea, en especial para aquellos extranjeros residentes en España. ¿Qué pasará a partir de enero? ¿Puedo mudarme todavía? Te lo contamos.

Regístrate como ciudadano británico en España

Aunque la retirada oficial no sea efectiva hasta el 31 de enero, te recomendamos que hagas este trámite lo antes posible, tanto si llevas tiempo en España como si planeas mudarte en los próximos meses. Es muy fácil:

  • Una vez hayas llegado a España y cuentes con un contrato de alquiler o de venta, debes empadronarte en tu ayuntamiento.
  • Después, ve a la comisaría más cercana y regístrate como residente. Deberás mostrar un contrato de trabajo, resguardo de la cuota de autónomos o cualquier otro documento que certifique algún ingreso.
  • Contrata un seguro médico, ya sea público o privado. Si trabajas, podrás disfrutar de la sanidad pública. En caso contrario, deberás contratar uno para poder obtener tu certificado de la UE.

Cinco años en España: certificado permanente

Cuando lleves cinco años con la tarjeta de la Unión Europea podrás solicitar la tarjeta permanente, que no tiene fecha de finalización y con la que podrás vivir en España o cualquier otro país europeo de forma indefinida.

Si queda poco para que hagas cinco años en nuestro país, te recomendamos que comiences los trámites lo antes posible, antes de la fecha de salida oficial, de modo que sea efectivo antes de que el Reino Unido abandone la UE de forma oficial.

¿Puedo pedir la nacionalidad?

Todos los residentes extranjeros que lleven más de 10 años en España pueden solicitar la nacionalidad. Sin embargo, tendrás que renunciar a la nacionalidad británica.

Si has decidido quedarte en España de forma permanente, deberás solicitar la llamada nacionalidad por residencia. Los documentos que necesitas son: el modelo de solicitud normalizado, el número NIE, pasaporte en vigor del país de origen, certificado de nacimiento y de antecedentes penales en país de origen (con una traducción jurada), certificado de matrimonio si aplica, justificante del pago de la tasa, certificado de empadronamiento y de antecedentes en España y diplomas del Instituto Cervantes.

Recuerda que este trámite puede realizarse de forma telemática con la ayuda de un Gestor Administrativo. La resolución tardará 180 días en publicarse y, si todo el papeleo es correcto, ¡ya tendrás la ciudadanía española!

Si tienes dudas sobre cómo gestionar la salida del Brexit y cómo empezar una nueva vida en España, no dudes en ponerte en contacto con la gA. Te ayudamos en lo que necesites.

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