¿Buscas empleo o has tenido una entrevista de trabajo hace poco? Sabemos que los nervios pueden jugar una mala pasada y que no conozcas cuáles son los contratos de trabajo que mejor se adaptan a tu situación. No te preocupes, ¡un Gestor Administrativo podrá ayudarte!
En España, en función del sector en el que trabajes, existen muchos tipos de contrato que incluyen especificaciones y se adaptan a la normativa de tu campo. Estos modelos se resumen en cinco modalidades diferentes: indefinido, temporal, contrato en prácticas, contrato para la formación y el aprendizaje y contrato por obra y servicio. Te contamos cuáles son las diferencias entre ellos.
- Contrato de trabajo indefinido
Como su nombre indica, estos contratos no tienen una fecha de finalización y, por tanto, el trabajador se incorpora a una empresa que quiere contar con él a largo plazo. Este contrato, además, suele ofrecerse tras varios años en la misma empresa o si el candidato tiene una larga experiencia.
Ten en cuenta que existen variantes de este contrato: contrato fijo de temporada (para los trabajos estacionales), contrato de trabajo indefinido para trabajadores con discapacidad y contrato indefinido de apoyo a emprendedores (destinado a empresas con 50 trabajadores).
- Contrato de trabajo temporal
Al contrario que el contrato indefinido, este tipo de contrato tiene fecha de finalización. Se conoce como contrato temporal por circunstancias de la producción y tiene una duración máxima de seis meses, que pueden prorrogarse según convenio.
Los trabajadores con contrato temporal podrán tener jornada completa o jornada a tiempo parcial, en función de las necesidades del puesto de trabajo.
- Contrato en prácticas
Una vez finalizados los estudios, ya sean escolares, universitarios o de posgrado, los jóvenes con menos experiencia laboral podrán acceder a los contratos en prácticas. Estos contratos se utilizan para formar al trabajador en el campo en el que se ha especializado y ofrecerle la oportunidad de crecer profesionalmente.
No pueden realizarse si han transcurrido cinco años desde la finalización de los estudios y la retribución, que no puede estar por debajo del salario mínimo interprofesional, no podrá ser inferior al 60 % o al 75 % del salario fijado por convenio para los trabajadores que realicen el mismo trabajo o similar.
- Contrato de formación y aprendizaje
Este contrato está diseñado para jóvenes entre 16 y 25 años que no cuenten con experiencia profesional. Gracias a este contrato, el trabajador podrá aprender cómo realizar las labores profesionales a la vez que recibe formación por parte de la empresa durante la jornada laboral.
La duración mínima es de un año y la máxima de tres, tras lo que el trabajador podrá disfrutar de otro contrato. La carga formativa no podrá superar el 75 % de la jornada durante el primer año ni al 85 % durante el segundo. El salario se establecerá según convenio.
- Contrato de obra y servicio
Este contrato está dirigido a aquellos trabajadores que realicen tareas distintas de la actividad habitual de la empresa. En principio, este contrato tiene fecha una fecha de finalización corta y no puede durar más de tres años.
Puede ser a tiempo parcial o completo y el salario se establecerá según convenio.
¿Tienes dudas sobre contratos y gestiones laborales? Confía en la GA y te ayudaremos.