El Gobierno simplifica los trámites de los arrendadores de locales de negocio

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El 26 de septiembre se ha publicado en el BOE la orden Orden HAP/1732/2014, de 24 de septiembre, por la que se modifican la Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, que regula los modelos 347 y 180, entre otros.

Mediante esta orden se aprueban los nuevos modelos informativos; el 347, de operaciones con terceros, y el 180, resumen de arrendamientos urbanos. Cabe destacar que estas modificaciones aligeran notablemente los trámites de los arrendadores de locales de negocio.

Los modelos resumen poseen un  enorme valor tributario ya que permiten contrastar si lo que declaran ambas partes coinciden. En el caso de que se observe discrepancia entre lo que el inquilino ha ingresado y lo que el propietario considera que debería ingresar, la Agencia Tributaria emitirá un requerimiento, con el objetivo de aclarar las diferencias. Asimismo, si el resumen anual no coincide exactamente con la suma de lo adelantado en los trimestres, también podremos tener problemas.

Los nuevos diseños físicos y lógicos del modelo 180 incluyen en el mismo la información correspondiente a las referencias catastrales y a los datos necesarios para la localización de los inmuebles urbanos arrendados. Con este cambio, la información contenida en este Resumen anual de retenciones será coincidente con la Declaración anual de operaciones con terceras personas por las operaciones de arrendamiento de inmuebles urbanos que sean locales de negocio y estén sujetos a retención, quedando excluidas del deber de declaración del arrendador en el modelo 347.

Gracias a esta modificación, los arrendadores de locales de negocio cuyo inquilino les retenga ya no estarán obligados a presentar el modelo 347 por estos alquileres.

Para conocer todos los cambios y detalles introducidos por la orden, puedes consultar aquí su publicación en el BOE.

Y recuerda que si tienes dudas con tus trámites con la Agencia Tributaria no tienes más que buscar a tu gestor administrativo más cercano.