¿Y si me toca el Gordo qué? ¿Tengo que declarar el premio de Navidad?

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¡Este año seguro que cae! ¿Cuántos décimos has comprado con el convencimiento de que este año sí que sí? Desde Trámites Málaga te deseamos toda la suerte del mundo y te ofrecemos algunos consejillos por si formas parte del reducido grupo de afortunados que este año saltará de alegría al escuchar las voces de los niños de San Ildefonso.

¿Cuánto tengo que pagar a Hacienda? Esa es una de las primeras dudas que nos surgen. Para calcular la cantidad que tienes que ingresar debes que estar atento a dos claves:

  • Tener en cuenta el mínimo exento. Las cantidades por debajo de 10.000 euros no necesitan pagar ningún tipo de impuesto. Por tanto, “la pedrea”, es decir, premios inferiores a los cinco primeros, no tendrán que tributar y serán cobrados de forma íntegra.
  • Aplicar el porcentaje que se queda Hacienda. En premios por encima de los 10.000 euros será del 20%.

¿Cómo declaro los premios del sorteo? Antes de empezar con las celebraciones debes ir a cobrar el número. La Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado hará la retención de la cantidad que le corresponde a Hacienda mediante la cumplimentación del modelo 230. La entidad pagadora, el banco, te solicitará tu identificación, ya que puede ser que hayas comprado el décimo como persona física o en nombre de tu empresa, por ejemplo, como persona jurídica. Este dato es muy importante porque la forma de tributar será diferente.

En el caso de que lo cobre una sociedad deberás de declararlo en el Impuesto de sociedades. Si el premiado es una persona física, una vez realizada la liquidación del impuesto por parte de la entidad pagadora, obtendrá la cantidad total. Tan solo deberá dejar constancia en la declaración de la Renta a efectos de gravar los rendimientos que le genere, como los intereses bancarios.

 

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