¿Qué gastos me puedo desgravar como autónomo?

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Business man signing contract document on office desk, making a deal.

¿Quieres conocer los requisitos que tienes que cumplir para desgravar los gastos de tu actividad en tu declaración de la renta? ¿Y las novedades que entran en vigor en 2018? ¡Vamos a ayudarte!

Hacienda establece que un desembolso económico es considerado como gasto deducible si está vinculado a la actividad económica que realizas, debe estar justificado con su correspondiente factura y debe estar registrado contablemente en tus libros de gastos e inversiones. El criterio más peculiar es el primero, ya que deberás demostrar que el gasto corresponde a tu actividad profesional y no a tu vida privada. Ten en cuenta que todo gasto relacionado con tu actividad es deducible, aunque deberás justificarlo, por lo que conviene documentarlos y llevar el libro de gastos explicando el detalle de cada factura para que en el caso de tener una inspección puedas defenderte. Y no conviene que abuses inflando tus gastos.

Los gastos más habituales que debes considerar, siguiendo la relación establecida por Hacienda, son consumos de explotación, sueldos y salarios, Seguridad Social a cargo de la empresa, arrendamientos y cánones, reparaciones y conservación, servicios de profesionales independientes, tributos fiscalmente deducibles, gastos financieros y amortizaciones, adquisición de libros, gastos de  asistencia a eventos relacionados con la actividad, cuotas de asociaciones empresariales y primas de seguro de enfermedad para ti, tu cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan en el domicilio particular, entre los principales.

Nuevos gastos en 2018: suministros y dietas

La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo contempla dos importantes novedades al permitir los siguientes gastos deducibles en el IRPF a partir de enero de 2018:

  • Suministros domésticos: si trabajas desde casa y así se lo has notificado a Hacienda en tu declaración censal (modelo 037 o 036) puedes deducirte un 30% de los suministros de electricidad, gas, agua, telefonía e internet.
  • Gastos por dietas de manutención: podrás deducirte 27,27 euros diarios (48 euros en el extranjero)  cuando no pernoctes y 53,34 euros diarios cuando pernoctes en España y 91,35 euros, en el extranjero.

Ahora bien, deberás cumplir los siguientes requisitos: gastos debidos al desarrollo de la actividad económica, en establecimientos de restauración y hostelería, que se paguen por medios electrónicos y de los que se disponga de la correspondiente factura. Hacienda ha anunciado que reforzará su vigilancia sobre este tipo de gastos por lo que hay que tener cuidado.

Gastos deducibles “especiales

Hay una serie de partidas muy habituales que presentan algunas peculiaridades y siempre generan dudas, partidas sobre las que Hacienda viene siendo cada vez más exigente.

  • Local u oficina, en alquiler o en vivienda propia. Debes notificar los datos del local y puedes desgravarte todos los gastos asociados al mismo.
  • Vehículo y gastos asociados: gasolina, mantenimiento, seguro.
  • Teléfono móvil: si sólo tienes una línea de móvil, Hacienda te permite imputar un 50% del gasto ya que considera que el 50% restante se dedica a llamadas relacionadas con tu vida personal.
  • Gastos de viaje y dietas: comidas, cenas, billetes de avión, taxis.
  • Gastos de vestuario: sólo se admite el gasto en vestuario profesional como ropa de protección, uniformes u otras prendas con el anagrama del negocio.

Gastos fiscalmente no deducibles

No te podrás deducir los siguientes gastos: multas  y sanciones, incluidos recargos por presentar fuera de plazo las declaraciones de Hacienda; donativos, pérdidas del juego, gastos realizados con personas o entidades residentes en paraísos fiscales,IVA soportado  que resulte deducible en la declaración del IVA.

Recuerda que si tienes alguna duda un Gestor Administrativo puede ayudarte. Localiza el más cercano a ti aquí.