¿Por qué hay retrasos en la devolución de la Renta?

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Aunque la campaña de la Renta del año 2014 finalizara en julio y las primeras devoluciones se llevaran a cabo en abril, lo cierto es que más de un contribuyente aún está sufriendo retrasos en la devolución de la Renta de lo que le corresponde.

La ley establece un plazo de seis meses desde que haya finalizado la campaña para ordenar las transferencias a favor de los contribuyentes. Así lo indica el artículo 103 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.  Es decir, que las devoluciones deben realizarse antes de que acabe el año. Sin embargo, esto no siempre sucede así. En este caso, también se establece, que si Hacienda no ha devuelto el dinero por una causa imputable a la administración se pagarán intereses de demora al contribuyente pasados los seis meses de la fecha limite de entrega de la Declaración.

¿Por qué Hacienda aún no ha realizado la devolución de la Renta?

Los primeros en obtener la devolución suelen ser aquellos que han confirmado el borrador de Hacienda a través de Internet al principio de la campaña. Son las declaraciones más básicas, en las que aparecen las rentas del trabajo y una cuenta corriente. En cambio, los que solicitan modificar su borrador tienen más posibilidades de sufrir retrasos en la devolución de la Renta.

Si tu declaración salió “a devolver” pero aún no has cobrado el dinero que te corresponde puede que se haya debido a algunos de estos factores:

1.- Que la declaración se presentara en los últimos días del plazo correspondiente y de ahí su demora.

2.- Que el importe a devolver sea cuantioso. Cuando se han de recibir cantidades superiores a 3.000  o 4.000 euros se hacen comprobaciones para ver si ha habido algún error desgravando cosas que no corresponden o no aportando todos los ingresos o facturas oportunas.

3.- Que las circunstancias personales o familiares hayan cambiado. Si se ha producido un divorcio, el cónyuge ha fallecido o ha cambiado el número de hijos menores de edad a su cargo es posible que los nuevos datos no concuerden con los que disponga en ese momento la Agencia Tributaria y por ello querrá verificarlos.

4.- Que se hayan cometido errores aritméticos o se hayan consignado datos personales erróneos a la hora de realizar la declaración. Cuando esto sucede se pone en marcha un procedimiento conocido como “Requerimiento de Datos”  por el que se le notifica al contribuyente para su corrección, y aunque el ciudadano no es penalizado sí que suponen retrasos en la devolución de la Renta.

5.- Que se hayan acogido a determinadas deducciones, como alquiler o adquisición de vivienda, y por tanto Hacienda necesite comprobar de manera minuciosa la documentación pertinente.

6.- Que el declarante deba dinero al Estado. Los pagos pendientes de multas de tráfico, IBI y otros impuestos pueden ser retenidos para su reembolso o bien desviados para el pago de esas cantidades.

7.- Que hayan tenido alguna alteración en su patrimonio y no lo hayan declarado. De hecho, suele suceder que a menudo no se incluyen inmuebles heredados o comprados en 2013 de los que aún no les ha llegado el recibo de contribución.

¿Qué hacer si hay retrasos en la devolución de la Renta?

Para conocer el estado en el que se encuentra su declaración de la Renta dispone de varios opciones:

  • Dirigirse a alguna de las oficinas de la Agencia Tributaria y preguntar directamente en ventanilla.
  • Llamar al teléfono de información de Hacienda: 901 121 224
  • Realizar la consulta a través de la página web de la Agencia Tributaria.

Si como contribuyente aún está sufriendo retrasos en la devolución de la Renta por algún tipo de error u omisión seguramente tenga una propuesta de liquidación provisional o un requerimiento de datos. En estas ocasiones es preferible recurrir a la ayuda de un gestor administrativo para subsanar las discrepancias con la Agencia Tributaria.

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