El pasado 23 de octubre, el Gobierno aprobó el texto refundido de la Ley del Estatuto de Trabajadores. Un texto refundido es, básicamente, la unión de varias composiciones anteriores bajo la misma forma para hacerlo más coherente.
El objetivo de refundir este texto es compilar las reformas anteriores, unir la normativa dispersa y hacer toda la información más accesible y comprensible para los ciudadanos, facilitar el ejercicio de sus derechos a los trabajadores y también el desarrollo de su actividad a los operadores económicos.
El texto ha sido auditado por los agentes sociales competentes así como a dictamen del Consejo Económico y Social y del Consejo de Estado. Estos órganos han dado su aprobación al texto y apuntan a la facilidad con la que los ciudadanos podrán comprender ahora la normativa.
El Estatuto de los Trabajadores actual fue aprobado en el año 1980 y el primer texto refundido se realizó en 1995. En estos 20 años transcurridos, el Estatuto de los Trabajadores ha sido modificado unas 50 veces y el hecho de refundir este texto no trae más consigo que una modernización y actualización del lenguaje, la adhesión de las normas legales que no han sido incluidas con anterioridad y aclarar y reordenar el texto en su conjunto.
Se incluyen en el texto:
- La Reforma Laboral de 2012 (Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral), que apostó por la flexibilidad interna en las relaciones laborales, eliminó la autorización administrativa previa en los despidos colectivos, fijó la prioridad aplicativa de los convenios de empresa y limitó a 1 año la ultraactividad de los convenios colectivos.
- El Real Decreto-Ley 11/2013, de 2 de agosto, que modificó la regulación de las comisiones negociadoras en representación de los trabajadores en los periodos de consulta en los despidos colectivos y en las medidas de flexibilidad interna.
- El Real Decreto-Ley 16/2013, que reformó el contrato a tiempo parcial.
El proyecto de texto refundido del Estatuto de los Trabajadores mantiene íntegramente la estructura y el número de artículos actuales pero las disposiciones de la parte final se reestructuran por completo porque se suprimen una gran cantidad de ellas.