El difícil camino de los autónomos: novedades para 2014 (I)

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El camino de un autónomo es complicado. Debe enfrentarse a la competencia de las grandes empresas y a las piedras que la normativa española pone a su paso. Sin embargo, las previsiones son positivas. Para 2014, la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) espera que se creen cerca de 200.000 nuevos puestos de trabajo en el ámbito de los autónomos con 50.000 nuevos emprendedores que generarán alrededor de 150.000 empleos. En esta primera entrada hablamos de los cambios relacionados con la Seguridad Social para 2014.

Incremento de las bases mínimas y máximas

El primer escollo para los autónomos ha sido la subida de las bases mínimas y máximas de la cotización. La primera llegará hasta los 875, 70 euros mensuales, lo que supone un 2% más que en 2013. La segunda alcanzará los 3.597 euros mensuales de tope, un incremento del 5% respecto al año anterior. Con esta subida de bases, la cuota mínima que han de pagar los autónomos será de 261,83 euros mensuales, mientras que la máxima rondará los 950 euros al mes.

Otro cambio en los límites de las bases afecta a los autónomos con más de 10 empleados. A partir de este ejercicio no podrán beneficiarse como lo hacían con anterioridad, sino que tendrán que cotizar igual que los trabajadores del grupo de cotización 1 del Régimen General (1.051,50 euros). Esto supone un incremento de 52,56 euros más al mes. Los autónomos que causen alta inicial en el RETA quedarán exentos durante 12 meses.

Cotizaciones en especie

A partir de este año se tendrán en cuenta las retribuciones en especie a la hora de cotizar; esto es, los vales de comida, los tiques de transporte o los servicios de guardería, cargas exentas hasta ahora. Esto, además de en la cotización, tiene influencia en el IRPF puesto que estas partidas hinchan el bruto anual de las nóminas y algunos trabajadores pueden superar los tramos del IRPF.

Cambios en la cuota de autónomos

La cuota de cotización depende de la base que se elija. Esta base hace referencia al sueldo que cada autónomo, como trabajador, se pone a sí mismo. Los autónomos pueden solicitar un cambio en la base de cotización hasta dos veces al año: antes del 1 de abril para que entre en vigor el 1 de julio o antes del 1 de octubre para que entre en vigor el 1 de enero del año siguiente.

Una práctica habitual es que a los 47 años los autónomos incrementen su base de cotización para aumentar su pensión. Esa edad es la máxima en la que los autónomos pueden escoger libremente su base de cotización dentro de los límites máximos y mínimos fijados por ley. Así, podrán elegir su base de cotización los autónomos menores de 47 años y los mayores de 47 cuya base de cotización en diciembre de 2013 haya sido igual o superior a 1.888,80 euros al mes.

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