Así es la reforma de la Ley de Extranjería

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El pasado 27 de julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la reforma del Reglamento de Extranjería según el Real Decreto 629/2022 de 26 de julio. Con ella se pretende favorecer la incorporación de extranjeros al mercado laboral, reforzar las vías de migración regular y mejorar el sistema de gestión, entre otras cuestiones.

Estos son algunos de los cambios que se introducen:

  • Se incorpora el arraigo formativo como una nueva autorización por circunstancias excepcionales. Así, podrán obtener una autorización de residencia, por un periodo de 12 meses, los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años.
  • Se reducen las cantidades económicas exigidas para una reagrupación familiar.
  • Se dota de un permiso de estancia inicial que habilita a estudiantes a trabajar, siempre y cuando la actividad sea compatible con los estudios y la jornada laboral no exceda las 30 horas. Los titulares de una estancia por estudios ya no necesitan 3 años de permanencia continuada ni acreditar que no han sido becados para modificar su permiso hacia una residencia.
  • Se flexibilizan los mecanismos de renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena. Se reduce el tiempo de actividad laboral que hay que demostrar por año.
  • Las renovaciones de los permisos de trabajo habilitan a realizar actividades tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. La no exigencia de acreditar medios económicos suficientes para la manutención y el alojamiento en el permiso por cuenta propia. Se matizan los requisitos de la autorización inicial.
  • Se establece la cantidad económica necesaria para tramitar un arraigo social por medios propios.
  • Se cambia a régimen general de extranjería las autorizaciones de familiar comunitario cuando el vínculo se establece con un ciudadano español.

Esta modificación entrará en vigor el próximo 15 de agosto de 2022. Accede al texto del BOE completo aquí.

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