Los autónomos son, sin duda, uno de los sectores más castigados por la pandemia. Y las dudas sobre las posibles ayudas se multiplican exponencialmente conforme pasan los meses y los autónomos se desgastan.
A finales de enero se aprobó la prórroga de las ayudas a autónomos hasta el próximo 31 de mayo, después de este comunicado hemos podido observar nuevas implantaciones en el sistema de gestión de la Seguridad Social y vamos a intentar aclararte la situación actual. Una de las que más resalta es el nuevo método de consulta que podemos encontrar en su sede electrónica, donde se podrá ver la cuota que tendrán que pagar a final de mes.
Con respecto a la extensión del periodo de ayudas a los autónomos por causa de la continuación de la crisis sanitaria del COVID19, se han añadido algunas novedades muy significativas:
-Las trabas que podía encontrar este sector a la hora del acceso a las ayudas de temporada se eliminan.
-Se reduce en un 25% el nivel de caída de actividad para poder cobrar la prestación y tener exoneración del 100% de las cuotas dando así solución a los autónomos que sufren limitaciones de horario.
-Para acceder a la prestación, no tendrás que ser beneficiario con anterioridad.
-La subida de la cuota prevista en 2021 no se llevará a cabo.
En el Boletín Oficial del Estado podemos encontrar la nueva estructura que tendrán las ayudas para los trabajadores autónomos, estas se distribuirán en cuatro tipos:
Prestación por suspensión de actividad: Esta se enfocará a todos aquellos trabajadores que sufran una suspensión temporal de toda su actividad económica. La cuantía de esta ayuda será un 50% de la base mínima de cotización, aunque ese porcentaje se podría ver aumentado en un 20% si el autónomo es miembro de una familia numerosa.
Prestación compatible con la actividad: Para trabajadores de sectores que hayan facturado en el primer semestre del año una caída del 50% en sus ingresos frente al segundo semestre de 2019. La cuantía será equivalente a su base de cotización
Prestación extraordinaria para autónomos: Esta ayuda va dirigida a todos los trabajadores que no cumplan con ninguno de los requisitos para poder optar a la prestación compatible con la actividad ni el cese ordinario.
Prestación a autónomos de temporada: Se dará prioridad a trabajadores que en los años 2018 y 2019 hayan realizado una actividad económica con un mínimo de cuatro meses y un máximo de seis.
Para aclarar cualquier aspecto relacionado con las prestaciones para autónomos y otros asuntos laborales, recuerda que puedes recurrir a un gestor administrativo. Localiza el más cercano a tu zona.