Hasta el 30 de septiembre, se podrán solicitar estas ayudas destinadas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.
Estas ayudas están divididas en dos líneas de actuación: línea 4 y línea 5.
Línea 4
Esta línea esta destinada a personas trabajadoras autónomas que tengan a su cargo hijos o hijas menores de tres años por nacimiento o adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar permanente.
Estas personas pueden optar por una cantidad que puede llegar hasta 7.200€.
Línea 5
Esta línea está destinada a dos grupos:
Mujeres trabajadoras autónomas en situación de riesgo durante el embarazo, donde se podrían percibir una ayuda de 3.200€.
Personas trabajadoras autónomas en general, con motivo de disfrute del periodo de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar.
En este caso, el importe puede ser de 1.700€, en caso de que el descanso sea de 16 semanas y de 1.900€ en el caso de que sean 18 semanas.
Estos importes pueden verse incrementados si la persona contratada pertenece a alguno de los colectivos considerados con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo y se adaptarían proporcionalmente a la jornada de trabajo resultante cuando el contrato sea a tiempo parcial.
Si necesitas ayuda con tus trámites, no lo dudes y acude a un gestor administrativo colegiado.