Ayudas de la Diputación de Málaga para apoyar a los autónomos frente al Covid

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ayudas covid

El objeto de estas ayudas es el apoyo  del  empleo  autónomo,  a través de  la  concesión  de subvenciones, en  régimen  de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de la cuota del Régimen Especial de Trabajadores/as Autónomos/as o mutualidad alternativa, por un periodo de doce meses, a autónomos y profesionales.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones autónomos y profesionales de municipios menores de 100.000 habitantes de la provincia de Málaga, afectados por la crisis económica generada por la pandemia del COVID-19, que hayan reducido sus ingresos o facturación en un 50 % en el segundo trimestre del año 2020, con respecto al mismo trimestre del año 2019.

El importe máximo de la subvención a solicitar es de 4.000 euros.

El plazo de presentación de solicitud permanecerá abierto hasta agotar el presupuesto disponible y, en todo caso, hasta el 03 de noviembre de 2020, aun cuando no se hubiera agotado aquel.

La presentación se efectuará por cualquiera de los medios siguientes:

  • A) En el  registro  electrónico  de  la  Diputación  de  Málaga,  accesible  a  través  de  la  sede electrónica en el vínculo https://sede.malaga.es/registro-electronico.
  • B) En el  registro  electrónico  común,  accesible  en  la  página  web  https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  seleccionando  después de  iniciar  el  trámite,  a  través  del buscador, la unidad correspondiente (Empleo) a la que, de conformidad con lo establecido en esta convocatoria, debe dirigirse dentro de la Diputación Provincial, la documentación .
  • C) En algunos de los medios anteriormente señalados en el apartado A)
  • D) En las oficinas de Correos, mediante correo certificado en sobre abierto.
  • E) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • F) En la oficina de asistencia en materia de registros de la Diputación Provincial de Málaga o en alguna de las siguientes, siempre que se encuentren conectadas en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR): Administración General del Estado, o Administración de las comunidades autónomas, o entidades que integran la Administración local, u órganos públicos y entidades integrantes del sector público institucional.

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