¿Eres autónomo? Conoce las novedades de la Ley de Medidas Urgentes al Trabajo Autónomo

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ley de medidas urgentes para trabajadores autónomos

La Comisión de Empleo y Seguridad Social aprobaron el 29 de junio las novedades que más benefician al trabajador por cuenta propia hasta el momento

La Federación Nacional de Trabajadores Autónomos defiende los derechos de los trabajadores autónomos y ha conseguido que sus peticiones lleguen hasta la Ley de Medidas Urgentes al Trabajo Autónomo. El objetivo de esta ley es aumentar el número de trabajadores por cuenta propia y crear más empleo.

Las medidas que se han aprobado en esta ley son las siguientes:

Medidas para fomentar el emprendimiento:

La tarifa plana de 50 euros se amplía a un año. Si no te habías beneficiado antes de esta tarifa, podrás activarla de nuevo tras interrumpir la actividad durante dos años. Sin embargo, si sí has tenido antes esta tarifa, tendrás que esperar 3 años para volver a utilizarla, a diferencia de los 5 años anteriores.

Las bonificaciones que conllevaba la tarifa plana ya en marcha se mantienen hasta doce meses después de los doce meses posteriores a la fecha en la que se estableció por primera vez.

Menos trabas administrativas:

Para adecuar la base de tu cotización mejor a tus ingresos, ahora podrás cambiarla hasta cuatro veces en un mismo año.

Podrás pagar, en tres altas y tres bajas al año, solo por los días que has trabajado en el mes de alta o de baja.

En el caso de que pagues la cuota de la Seguridad Social con retraso, los recargos se han reducido del 20 % actual al 10 % en el primer mes.

Si te encuentras en situación de pluriactividad, ya no es necesario que solicites la devolución del exceso de cotización, ya que se devolverá automáticamente.

La subida de las cuotas se desvincula a las subidas del SMI, societarios y personas físicas. A partir de ahora se determinará, tras un diálogo con las organizaciones de autónomos más importantes, en los PGE de cada ejercicio.

Mejor protección social:

Si tienes menos de un empleado, la pensión al 100 % y el trabajo de autónomo será totalmente compatible.

Si eres mujer y te has reincorporado a la actividad tras la maternidad, estás exenta de la cuota de autónomos durante 12 meses, con el fin de garantizar una mejor conciliación de la vida laboral y familiar.

Las condiciones de las personas con discapacidad también han mejorado. Ahora podrás contratar a los hijos con discapacidad de los autónomos.

Si sufres un accidente yendo o viniendo del trabajo, según la nueva ley, esto ya está reconocido como accidente laboral.

También podrás acceder con más facilidad a los programas de formación e información de PRL, para mejorar tu situación empresarial y tu competitividad.

Fiscalidad y seguridad jurídica:

Ahora podrás deducirte un 30 % de los gastos de agua, luz, electricidad y telefonía si trabajas desde casa. Además, podrás deducirte hasta 26,67 euros al día en comidas si pueden comprobarse por medios telemáticos. Si estás fuera de España, podrás deducirte hasta 48,08 euros diarios.

Organizaciones de Autónomos:

El Gobierno considera a las organizaciones de trabajadores autónomos con mayor implantación como “utilidad pública” y ha fijado un plazo de un año para su entrada en el CES y para la creación del Consejo del Trabajo Autónomo.

Si necesitas asesoramiento sobre tus derechos como autónomo, recuerda que puedes acudir a un Gestor Administrativo. Localiza el más cercano a tu zona.