Así será el Consejo Andaluz del Trabajo Autónomo (CATA)

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La Junta de Andalucía ha aprobado un decreto para la composición y funcionamiento del Consejo Andaluz del Trabajo Autónomo (CATA). Te explicamos las claves de este nuevo órgano colegiado de participación administrativa que reunirá a representantes de las distintas consejerías del Gobierno regional, asociaciones profesionales de autónomos, organizaciones empresariales y sindicales y de los municipios andaluces.

Este órgano estará adscrito a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, tendrá su sede en Sevilla y no se integrará jerárquicamente en la estructura. En cuanto al aspecto económico, la constitución y funcionamiento del CATA no supondrá ningún coste ni cuenta con asignación presupuestaria.

¿Cuáles serán las funciones del CATA?

Este nuevo consejo será consultivo y, sobre todo, emitirá informes preceptivos sobre la materia. Entre sus funciones estarán la emisión de un informe preceptivo sobre el proyecto de Plan Estratégico del Trabajo Autónomo, los anteproyectos de ley de modificación de la ley Andaluza de Promoción del Trabajo Autónomo y el reglamento regulador del Distintivo Andaluz al Trabajo Autónomo de Excelencia.

Asimismo, tendrá que informar sobre los anteproyectos de leyes y proyectos de decretos que incidan sobre el trabajo autónomo, el diseño de las políticas públicas andaluzas en esta materia, así como estudios o informes relacionados con la situación del colectivo. Además, tendrá competencias para designar a la persona que ejercerá la representación andaluza en el Consejo del Trabajo Autónomo Estatal.

¿Quién conformará el CATA?

El CATA estará integrado de forma paritaria por 18 miembros: presidencia, vicepresidencia y 16 vocalías. Cuatro vocalías correspondientes a las asociaciones profesionales del trabajo autónomo de Andalucía de carácter intersectorial que hayan sido declaradas representativas, dos vocalías de las organizaciones sindicales, dos vocalías de las organizaciones empresariales, una vocalía en representación de los municipios andaluces a propuesta de la asociación de municipios y provincias más representativas de ámbito andaluz y siete vocalías con representantes de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por su parte, la presidencia la ostentará la persona titular de la consejería competente en materia de trabajo autónomo, que podrá delegar su puesto en el titular de la secretaría general que aborde esta materia u otro cargo público con rango de viceconsejería. Por su parte, la vicepresidencia corresponderá al titular de la dirección general con competencias en la materia.

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