Los autónomos tendrán un nuevo criterio de cotización según sus ingresos a partir de 2023. Así lo ha establecido el Gobierno tras aprobar un Real Decreto-ley el pasado 26 de julio. Tras meses de negociaciones, el nuevo decreto establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia basado en los rendimientos netos.
En esta reforma se explica que en los próximos tres años se desplegará progresivamente un sistema de 15 tramos que determinará las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo. Se trata, según ha explicado el Gobierno, de un sistema de transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá como muy tarde en 9 años, aseguran.
¿Qué es el rendimiento neto y cómo se calcula?
El rendimiento neto será el elemento fundamental para el funcionamiento del nuevo sistema. Con esta cifra se determina la base de cotización y la cuota correspondiente. Para calcular el rendimiento neto hay que deducir de los ingresos todos los gastos producidos en el ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo. Sobre esa cantidad, se aplica una deducción por gastos genéricos del 7 por ciento (del 3 por ciento para autónomos societarios).
Las cuotas mensuales a la Seguridad Social irán desde los 230 euros al mes a los 500 euros al mes en 2023 y de los 200 euros al mes a los 590 euros al mes en 2025, siempre en función de los rendimientos netos.
¿Quién elige la base de cotización y qué ocurre si me equivoco?
Serán los propios autónomos quienes tendrán que realizar el cálculo de los ingresos netos e informar a la Seguridad Social a través de su Sede Electrónica. En función de esa cifra se establecerá la base de cotización y la cuota. Los gestores administrativos colegiados pueden encargarse de todas estas gestiones. Por tanto, también puedes dejarlo en sus manos o consultarle todas las dudas e incertidumbres que los cambios de este tipo suelen generar.
Para ser lo más preciso posible con los ingresos, el nuevo sistema permite cambiar la cuota hasta seis veces al año, es decir, cada dos meses. Será al final del ejercicio fiscal y una vez conocidos los rendimientos netos anuales, cuando se regularizarán las cotizaciones, devolviéndose o reclamándose cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado por las previsiones durante el año. Como ocurre actualmente con el IRPF.
En la siguiente tabla puedes consultar las bases y cuotas por tramos y cómo evolucionará durante los próximos tres años.
¡Recuerda! Los gestores administrativos colegiados te harán todas las gestiones mucho más fáciles. Dejar que se encargue de todos los trámites te permitirá centrarte en aquello que es realmente importante para ti. En este enlace puedes encontrar a tu gA de confianza.