¿Cómo puedo ser pareja de hecho?

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La inscripción en el Registro de Parejas de Hecho se puede hacer en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Familias o, en su defecto, en los ayuntamientos de las diferentes localidades correspondientes a la residencia habitual, o donde alguno de los miembros de la pareja esté empadronado.

¿Qué requisito debemos cumplir para ser pareja de hecho?

Si quieres ser pareja de hecho, debes de dar fe de las siguientes circunstancias:

  • Identificación personal.
  • Ser mayor de edad o menor emancipados.
  • No estar incapacitado judicialmente.
  • No estar ligados con vínculo matrimonial, ni formar pareja estable no casada con otra persona.
  • No ser parientes directos por consanguinidad o adopción por consanguinidad en segundo grado.
  • Declaración de voluntad de constituir una pareja de hecho.

¿Qué documentos necesito?

  • Documentos de identificación.
  • Certificado del Registro Civil acreditado de la emancipación.
  • Certificación del padrón municipal.
  • Certificación acreditada de estado civil.

Si, en cualquier caso, la pareja de hecho quisiera disolverse, debes dirigirte al organismo donde se realizaron los trámites y rellenar una solicitud de baja junto a los siguientes documentos: si es en caso de la muerte de alguno de los integrantes de la pareja, se deberá presentar la declaración judicial del fallecimiento. Si se da el caso que es de matrimonio de pareja de hecho, se debe mostrar una copia del libro de familia. Y, finalmente, si es disolución por mutuo acuerda, se deben hacer una comparecencia personal ante las personas encargadas de la tramitación de la solicitud de inscripción así como, en su caso, ante el notario público.

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