Modelo 720: la obligación de declarar bienes y derechos en el extranjero

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El próximo 30 de abril finaliza el plazo para efectuar la declaración informativa del ejercicio 2012

El plazo para efectuar la declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero mediante el modelo 720 del ejercicio 2012 finaliza el próximo 30 de abril.

Están obligados a presentar esta declaración informativa todos aquellos contribuyentes que tributen en España. No se trata de una obligación exclusiva de empresarios o profesionales, sino que puede afectar a cualquier ciudadano que tenga la condición objetiva de declarante. Deben hacer la declaración, por lo tanto,  las personas físicas extranjeras que son residentes fiscales en España, así como los españoles que en su día residieron en el extranjero.

Los bienes y derechos obligados a declarar son:

–          Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.

–          Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero.

–          Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.

Están exentos de hacer esta declaración cuando el conjunto de bienes y derechos no supere los 50.000 euros. En caso de incumplir la obligación de información, las sanciones oscilan entre los 10.000 y los 30.000 euros.

La forma de presentación es exclusivamente a través de Internet, mediante un formulario que debe ser cumplimentado y que requiere la identificación del declarante mediante DNI electrónico o cualquier otro certificado electrónico.

 

Descargue aquí el modelo 720 para la declaración de bienes y derechos en el extranjero.

Si necesita obtener más información sobre el modelo 720, no dude en ponerse en contacto con su gestor administrativo más cercano.

 

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