Diez claves para realizar la Renta 2014

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El Colegio Oficial de Gestores de Administrativos de Málaga ha elaborado un decálogo para conocer con más detalle y hacer más sencilla la declaración de la Renta 2014. Esta iniciativa se une a la emprendida por el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España de facilitar este procedimiento con un microsite específico para el mismo.

1. Plazo. El plazo de presentación de la declaración de la Renta 2014 finaliza el 30 de junio, tanto para las que salgan positivas como negativas. En caso de que se deba pagar y la operación no esté domiciliada, el plazo expira 5 días antes, el 25 de junio.

2. Fechas clave. Pese a que los borradores se pueden presentar desde este mes de abril, hasta el próximo 6 de mayo no se pueden solicitar citas para un asesoramiento presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria o de la Junta de Andalucía habilitadas para ello.

3. Sistema RENO. Los datos fiscales y el borrador se pueden consultar a través del sistema RENO. Hasta ahora, para acceder a los mismos era necesario introducir el NIF y el valor incluido en la casilla 620 de la declaración del año anterior. A partir de este ejercicio se debe introducir la cantidad recogida en la casilla 415.

4. Borradores. Es habitual que los borradores que reciben los contribuyentes contengan errores. Los más habituales son los relativos a los cambios de las circunstancias familiares (matrimonios, hijos, fallecimientos, divorcios…); situación fiscal de las viviendas; la no inclusión de cuotas sindicales o colegios profesionales; o deducciones por maternidad o comunidades autónomas.

5. Viviendas. Las novedades que más repercusión económica pueden tener en el contribuyente son las relativas a las viviendas. Se elimina la deducción fiscal por compra para las operaciones realizadas durante el pasado año, y es el último año en la que se incluyen deducciones para alquiler. Por otro lado, quedan exentos los beneficios fiscales obtenidos de las ventas patrimoniales obligadas por ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales, así como las realizadas mediante la vía de la dación en pago.

6. Preferentes. Los titulares de deuda subordinada y obligaciones preferentes podrán compensar las rentas negativas con las positivas. El objeto de esta medida, que afecta a las preferentes emitidas entre 2010 y 2014, es que los titulares puedan compensar las pérdidas con ganancias patrimoniales y con rentas positivas, siempre que procedan de la transmisión de elementos patrimoniales.

7. Declaración conjunta o individual. No se debe tomar la referencia del año anterior para tomar la decisión sobre qué fórmula es la más ventajosa en este ejercicio. Es aconsejable analizar los distintos escenarios para tomar la decisión más adecuada.

8. Devoluciones. Con el objeto de agilizar las devoluciones, la Agencia Tributaria ha unificado la fecha para la presentación de borradores del IRPF y las declaraciones realizadas a través del programa PADRE o internet. Este año ya han comenzado las primeras devoluciones.

9. ¿Quién tiene que presentar la declaración de la Renta? Están exentas aquellas personas que hayan ingresado, de un solo pagador, menos de 22.000 euros brutos anuales. En el caso de tener varios pagadores este límite desciende hasta los 11.200 euros, aunque con varias excepciones. Además, se incluyen otro tipo de situaciones vinculadas a capital inmobiliario, por lo que en caso de duda se debe consultar a un profesional cualificado.

10. Asesoramiento profesional. La complejidad de este proceso aconseja que, para finalizar el mismo de forma correcta y evitar problemas con la Agencia Tributaria en el futuro, se trasladen estas gestiones a un profesional cualificado en esta materia.

Además, recuerda que para realizar la Renta 2014 y otros trámites administrativos con total seguridad puedes acudir a un gestor administrativo. Localiza el que más se ajusta a tus intereses en nuestro buscador

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